domingo, 6 de noviembre de 2011

seminario formas de ejercicio profesional: Entrevista a Odontólogo que trabaja en Clínica Particular, consulta Privada.

Nombre: JTR
Edad: 39 años
Curriculum: Especialista en Rehabilitación oral
Implantología


Clínica: Santa Amapola
Universidad de egreso: Universidad de Concepción
Años de ejercicio: 15 años

1.- Obligaciones profesionales

Mis obligaciones están orientadas a:
Manejo de pacientes con necesidades de baja mediana y alta complejidad en la especialidad de Rehabilitación Oral

Dirigir y coordinar al equipo de especialistas que trabajan en Mi clínica ( Ortodoncistas, Periodoncista, Cirujano Maxilo Facial, Endodoncista y laboratorio)

Realizar labores administrativas

2.- Responsabilidades

Rehabilitar pacientes
Administrar mi clínica

3.- Tipo de contrato

Sin contrato

4.- Previsión

Isapre

5.- Horarios de trabajo

Lunes de 15:00-20:00
Martes 15:00 - 20:00
Miércoles de 15:00-20:00
Jueves 9:00 - 13:00
15:00-20:00

6.- Vacaciones

Todo el mes de Febrero

7.- Acciones odontologicas realizadas por servicio , remuneraciòn, porcentajes, etc
Manejo de dineros directamente desde mis pacientes ya que no tengo un empleador

8.- Impuestos

PPM (10%)

domingo, 23 de octubre de 2011

Capítulo 9 Aquí en Vivo: Dentistas a prueba

Hace un tiempo, esto dio mucho que hablar...

http://www.mega.cl/programas/aev/capitulos/capitulo-9-aqui-en-vivo-dentistas-a-prueba.html

Ficha Clínica: Derecho a la Información y Reserva de la Información contenida

"El deber de información del médico -contrapartida natural del derecho a la información que le asiste al paciente- debe ser analizado desde una doble perspectiva:

1.
El deber de información como exigencia para el óptimo cuidado del paciente, que debe incluir el diagnóstico, la naturaleza de la enfermedad, los exámenes complementarios, las alternativas de tratamiento, la prevención, el pronóstico y las medidas necesarias para su rehabilitación, según dispone la lex artis.

2.
El deber de información como presupuesto del Consentimiento Informado. En este caso, la información que el médico debe transmitir al paciente está dirigida a que éste manifieste su voluntad para la realización de un procedimiento diagnóstico y/o terapéutico.

En ambos casos, el derecho-deber de información se enmarca en el contexto de la relación clínica (médico o equipo médico-paciente) y es parte fundamental de ella. Se basa en el reconocimiento de la autonomía moral del paciente, corolario lógico del reconocimiento de la dignidad de la persona humana y del cumplimiento de los principios de beneficencia, no-maleficiencia y justicia que el médico debe respetar en el ejercicio de su profesión.

En definitiva, es en el marco de la relación clínica médico-paciente donde se debe determinar los límites mínimos y máximos de la información, tanto la que se entrega al paciente como la que con la autorización de éste pueda ser entregadas a terceros.

Por lo general, la información se debe proporcionar en forma verbal, como parte de la relación clínica, usando un lenguaje comprensible y satisfaciendo todas las dudas e interrogantes que plantee el paciente.

La información surgida en la relación clínica médico-paciente, por su importancia y por contener datos sensibles, debe quedar registrada. El instrumento en que se hace este registro se denomina Ficha Clínica.

La Ficha Clínica en que queda registrada la historia médica del paciente tiene por objeto la optimización del acto médico. Constituye un documento de trabajo diario del médico, donde éste y quienes intervienen de alguna manera en el cuidado del enfermo dejan constancia de su evolución clínica y de los tratamientos y procedimientos realizados con el fin de disponer de una información circunstanciada sobre el curso de su enfermedad.

Hablar de propiedad o dominio exclusivo de la Ficha Clínica resulta inadecuado, ya que si bien contiene datos sensibles sobre la vida y enfermedad de una persona, también da cuenta de los planes elaborados y de las acciones realizadas por el médico o el equipo de salud, que han permitido llegar a un diagnóstico, desarrollar una estrategia de estudio y tratamiento y postular un pronóstico. La inclusión en la Ficha Clínica de datos sensibles y reservados del paciente exige que ésta sea tratada con la debida reserva. En consecuencia, lo que debe garantizarse por ley es la confidencialidad de la Ficha Clínica y la responsabilidad que en esta cautela le cabe al médico o a la institución donde se ha llevado a cabo el cuidado del paciente. Hacer referencia a la propiedad implicaría, para ser consecuentes, la aplicación de todas las reglas que este derecho confiere a su titular, pudiendo conducir a conflictos jurídicos ajenos a esta materia.

El derecho a la información que le cabe al paciente se materializa en aquella comunicación verbal o escrita que el médico le entrega en forma veraz y prudente, utilizando un lenguaje apropiado (o a sus familiares si procede). Asimismo, toda anotación que el médico realice debe ser efectuada con la suficiente claridad como para que cualquier tercero pueda entenderla.

La legislación debiera garantizar el derecho del paciente a acceder a la información contenida en la Ficha Clínica, preferentemente a través del médico tratante, porque es éste quien conoce mejor la situación del paciente a su cargo. El médico y la institución prestadora tienen la obligación de custodia y reserva de la Ficha Clínica.

Hay excepciones al deber de informar, ampliamente documentadas en la doctrina internacional. Ello ocurre, por ejemplo, cuando el médico juzgue que la información pueda causar un daño al paciente. En consecuencia, la transmisión de la información ha de ser prudente.

Sólo se podrá entregar esta información a terceros con el consentimiento expreso del paciente o de quien asuma su representación, si éste no está en condiciones de otorgarla. En ningún caso esta autorización puede otorgarse de manera general y anticipada.

El derecho a la intimidad del paciente se prolonga aun después de su muerte. En consecuencia, los herederos de la persona fallecida no tienen derecho a acceder a la información contenida en la Ficha Clínica, a menos que hayan sido expresamente autorizados en vida por el paciente competente.

Cualquier conflicto que se suscite en relación con esta materia debe ser previamente sometido al conocimiento del Comité de Ética que corresponda, para que éste emita un pronunciamiento al respecto."

Cita textual::

Consentimiento informado: esquema


Bibliografía:

OLIVA LINARES, José E; BOSCH SALADO, Celia; CARBALLO MARTINEZ, Rosario y FERNANDEZ-BRITTO RODRIGUEZ, José E. El consentimiento informado, una necesidad de la investigación clínica en seres humanos. Rev Cubana Invest Bioméd [online]. 2001, vol.20, n.2, pp. 150-158. ISSN 0864-0300.

La bioética como herramienta en Odontología: (publicado por Mariana)

Actualmente, en odontología, se han presentado numerosos dilemas de difícil resolución, y los principios propuestos por la bioética otorgan al quehacer odontológico un conjunto de valores que establecen parámetros para la mayor parte de los aspectos de las evaluaciones. Además constituye una herramienta para tratar de resolver los dilemas del profesional. En primer lugar, la vida del paciente, su salud general y su salud bucal, entendida como funcionamiento bucal apropiado y sin dolores, constituirían la ética de mínimos. La autonomía del paciente; lo que le ocurra al cuerpo del paciente ( incluyendo la importancia que éste le otorga a la salud, confort, el costo y los otros valores); las preferencias de los dentistas por ciertas prácticas ( incluyendo diferentes filosofías de prácticas dentales); consideraciones estéticas, desde el punto de vista de experimentadas prácticas dentales, consideraciones de eficiencia, que puedan incluir, por parte del dentista, análisis de costos, se insertarían dentro de la ética de máximos.

Además de los principios, otro beneficio de la bioética es permitir el entendimiento del proceso de consentimiento informado no como el simple trámite, o la firma de un presupuesto, sino como un acto de diálogo e información al paciente que culmina con la firma de un documento, mejorando considerablemente la relación odontólogo paciente y reduciendo la probabilidad de futuros problemas comunicacionales o legales.

La bioética no va a lograr transformar lo malo a bueno, pero más bien ayudará a tomar la mejor decisión o plan de tratamiento posible, fomentado a la vez un diálogo interdisciplinario entre profesionales.

La bioética puede generar el diálogo para poner en la mesa otros dilemas planteados en el ámbito social, respecto a la entrega del servicio de atención en salud siguiendo una odontología mercantilista o generar el cambio a una odontología social de atención, buscando el beneficio de aquellos que no tienen acceso.

Es necesaria una profunda reflexión y discusión al interior de la profesión odontológica para restablecer un conjunto de normas que permitan un punto de partida acerca de lo que está bien o está mal en el ejercicio profesional, la generación de un Código Profesional actualizado que represente al odontólogo del siglo XXI.


Bibliografía:

"Tópicos de Odontología Integral" U . Chile, 1era Edición 2011

Ética Profesional (publicado por Mariana)

Ética profesional:

Todos sabemos por experiencia propia que, cuando requerimos los servicios de un profesional, esperamos de él no sólo competencia, ( es decir, dominio de los conocimientos teóricos y prácticos propios de su profesión), sino también una utilización adecuada de esa competencia, una conducta profesional ética.

Así, se espera de él/ ella que pondrá atención e interés para realizar bien el servicio, que no las utilizará para otras actividades beneficiosas para él o ella mismos, etc.

Principios todos ellos que no corresponden al ámbito de la competencia, sino al de la ética profesional, y que presentan gran actualidad en las sociedades de nuestro tiempo por la particular sensibilidad y rechazo sociales que producen hoy las faltas de moralidad en la vida pública y en el ejercicio de las profesiones.



Bibliografia:
“´Ética profesional en ciencias humanas y sociales.”. Juan Manuel Cobo Suero. 1era Edición, 2001.

Etica y Ley

Las profesiones contemporáneas, no solo comparten una base cognoscitiva (“un saber”) que da autoridad a su profesion, sino que tambien el acceso a un “saber hacer”, una praxis, un modo de hacer calificado por un agente responsable e informado por una teoría. Se trata de un saber-hacer y cuándo hacer, lo que conduce a la prudencia, la máxima virtud de los profesionales. Segundo, un “saber estar”, es decir la dignidad que requiere profesar este saber, ya sea respecto de los pares o de aquellos que piden el servicio . A principios del siglo XX la reforma de la educación médica en EEUU resumió estos elementos en servicio a la humanidad, educación de excelencia y automejoramiento/autorregulación, designándolos respectivamente como componente moral, intelectual y organizacional de la profesión. Resulta característico tener competencia técnica en su especialidad, basada en una tradición de aprendizaje avanzado, por lo cual serían moralmente responsables al ubicar esta maestría al servicio de la humanidad.

Componente Moral: El primer deber moral que asume el dentista es “hacer el bien” a sus pacientes. La desicion frente a un caso clínico dependerá tanto de la técnica como de la ética. Actualmente esto debe equilibrarse con la elección y demanda del paciente.

Componente Intelectual: Cada profesional está obligado a mantener la capacidad necesaria para realizar sus tareas profesionales y a desarrollar solo las de su competencia. Enla práctica debe decidir si tiene o no los conocimientos para realizar un diagnóstico particular o para llevar a cabo tratamientos específicos en determinadas circunstancias clínicas, especialmente cuando esto involucra procedimientos que no son de rutina. En caso de necesidad, la comunidad odontológica es la que determina los detalles de las normas de competencia, ya que se necesitan conocimientos especializados. Pero la comunidad, con razón, puede pedir información sobre los procedimientos involucrados, especialmente en lo que se refiere al intercambio entre calidad y acceso al servicio.

Componente organizacional (interrelación profesional y con la comunidad, códigos de ética y asociación profesional): Cada profesión tiene normal, generalmente implícitas y no decalradas, en relación con la correcta vinculación entre los miembros que la comparten. La profesión dental tiene la boligación de controlar la calidad del trabajo e informar y referir el de mala calidad asi como las prácticas no éticas. Todos entienden que los profesionales odontológos se deben respeto mutuo, pero la mala praxis es un hecho de difícil manejo: un dentista podrá informar a su paciente acerca de un trabajo mal realizado o bien ocultárselo; asi mismo, puede contartarse con el dentista que realizó el trabajo o posiblemente con la sociedad dental local. Sin embnargo, estos protocolos no son enseñados y tampoco están establecidos en el gremio odontológico de los países latinoamericanos.

En países desarrollados, académicos, dentistas y sus organizaciones representativas han hecho un esfuerzo conjunto por formular una base ética alcanzable que sustente el suministro de un servicio de sanidad bucal de alta calidad.Los dentistas, en forma individual, y las profesión dental como un todo actúan como educadores de salud dental, ya sea con esfuerzos educacionales directos o monitoreando la dependencia y efectividad de los productos de salud dental comercializados. Las relaciones de los dentistas con la comunidad implican responsabilidades respecto de las normas correctas para publicidad profesional y referidas al acceso a la atención dental y a las necesidades dentales insatisfechas, lo que puede obligar al gremio a ser política y educacionalmente activo cuando se formulen las políticas sociales que determinen la distribución de los recursos para la asistencia en salud.

LEY: El derecho no puede desentenderse ni oponerse a la moral. Tampoco debe identificarse con ella, puesto que no debe condenar todo lo que es inmoral ni imponer todo lo que la moral exige. Pero no puede perder nunca su relación con los valores fundamentales de la personay, por tanto, con la moral. Mientras la ley moral regula el obrar del individuo preocupado por la bondad de sus propios actos, la ley civil regula las relaciones entre individuos orientados hacia el bien común, por lo que tiende hacia la paz, la libertad y la justicia. El Estado debe proteger los valores en los cuales se cimenta el orden social. La ética exige que el médico sea igualmente bueno, honesto y desinteresado, lo que ningún derecho puede garantizar.


"ETICA Y ODONTOLOGIA. UNA INTRODUCCION" Centro Interdisciplinario de Estudios en Bioética. Escritos de Bioética Nº2, 2007. Carmen Cardozo, Eduardo Rodriguez, Fernando Lolas y Alvaro Quezada



La Odontología desde la profesión

ODONTOLOGÍA: PROFESION DE RIESGO

La odontología ha sido calificada por expertos como una profesión de riesgos diarios, especialmente desde el punto de vista jurídico-sanitario.
El riesgo ha sido evidenciado por las compañías aseguradoras principalmente desde la perspectiva económica, dando lugar a la contratación de seguros de responsabilidad civil, tanto institucionales como profesionales, lo que ha llevado a las instituciones prestadoras del servicio a buscar la gestión frente al riesgo cotidiano. Se considero, en un principio, que el ejercicio clínico individual no se podía asimilar a los fenómenos que vive el médico en su servicio asistencial, situación que se ha hecho cada vez mas evidente como necesidad.
Durante el acto odontológico se crean interacciones entre paciente y profesional, de las cuales surgen derechos, deberes y relaciones recíprocas, lo que implica responsabilidad para ambas partes.
Al odontólogo le corresponde garantizar la seguridad, prevención, tratamiento y control de los procesos y procedimientos relacionados con las enfermedades de su competencia, lo que le obliga al manejo adecuado de normas éticas, sanitarias, comunicacionales y técnicas, y a adoptar las precauciones necesarias para evitar los daños innecesarios al paciente. Al paciente, en cambio, le asiste el deber de observar y seguir los reglamentos institucionales, las indicaciones y los cuidados que el odontológo le recomiente, y la obligación de retribuir economica la prestación del servicio según términos previamente acordados.
En cuanto a derechos de uno y otro, el paciente tiene el de exigir la atención convenida y el odontólogo el de exigir su pago. Ambos tienen derecho a su autonomía, de tal suerte que el paciente no pueda ser coaccionado por el profesional, ni este pueda ser obligado a realizar una prestación contraria a sus principios o valores.
Estos derechos y deberes son en el fondo un contrato, regido por normas jurídicas, éticas, comerciales, deontológicas, y particularmente, por medidas de protección o resguardo de derechos de los pacientes.
Se considera que la odontología al realizar como parte de su actividad procedimientos invasivos o peligrosos, es una profesión de riesgo.

TIPOS DE RIESGO
1. Que afectan la esfera psíquica:
- Confidencialidad
-Información al paciente
-Consentimiento informado
-Historia Clínica

2. Que afectan la esfera física:
-Vulnerabilidad de las barreras naturales que afectan al paciente
-Uso de agentes anestésicos
-Violación de principios de bioseguridad
-Infecciones cruzadas
-Efectos colaterales o tóxicos de los medicamentos
-Exposición a agentes químicos, físicos o biológicos

3. Que afectan al profesional y al personal auxiliar en odontología
Aquellos que derivan de la atención de pacientes portadores de VIH, hepatitis, herpes y similares, de uso y manejos de sustancias contaminantes o factores ocupacionales, posturales o ergonómicos

"ÉTICA Y ODONTOLOGÍA, UNA INTRODUCCIÓN" Centro Interdisciplinario de Estudios en Bioética. Carmen Cardozo, Eduardo Rodríguez, Fernando Lolas y Alvaro Quezada. Escritos de Bioética Nº2, 2007



La Relación Paciente - Odontólogo




Hoy en día la experiencia ha demostrado que los niveles de stress y angustia con los cuales muchos pacientes enfrentan los tratamientos no dejan indemne al profesional tratante.

Es por eso que en el ejercicio de la Odontología actual existen factores, a menudo subvalorados, cuyo impacto a través del tiempo, pueden ser trascendentes para un desempeño adecuado en el aspecto profesional y la vida cotidiana del Odontólogo.

FACTORES RELEVANTES QUE PODRÍAN INTERFERIR EN LA RELACION PACIENTE ODONTOLOGO



Si bien es cierto la falta de comunicacion entre paciente y odontologo deriva una serie de conflictos de mayor incidencia cuando el profesional en este caso el odontologo:

· no da explicaciones accesibles al usuario.

· no enfatiza el alcance y las limitaciones del tratamiento en cuestión.

· no informa del costo y sus posibles variaciones y de la relación riesgo beneficio de la intervención.

Ya que surge por no considerar que el acto de escuchar difiere del de oír y escuchar puesto que escuchar es oír más interpretar; es por eso que se intenta analizar la problematica desde la perspectiva psicológica tomandose en cuenta:

1. TRANSFERENCIA:

Son las reediciones, recreaciones de las emociones y fantasías que a medida que el análisis avanza.

2. IDENTIFICACION PROYECTIVA:

Es una forma de comunicación se trata de microcomunicaciones para verbales, pequeños cambios en el tono de voz, en los gestos de la cara, en los movimientos del cuerpo, etc.

3. ESTILO DE PERSONALIDAD:

Tanto el ODONTOLOGO como el PACIENTE pueden articularse de manera colaborativa y/o conflictiva.

ESTILO DE PERSONALIDAD DEL PACIENTE


PARANOIDE:

o Descontento

o Cree siempre que las personas lo están tratando de estafar, de engañar.

o En hechos inocentes vislumbra significados ocultos amenazantes.

o Rencoroso. Puede reaccionar con ira.

EQUIZOIDE:

o Autista, solitario, muy retraído, de pocas palabras, comunicación muy abstracto, frío, no establece vínculos.

FOBICO EVITATIVO:

o Trata de evitar contactos interpersonales.

o Siempre ansioso, asustado, vergonzoso, se siente inferior a los demás.

DEPENDIENTE:

o Siempre tiene que estar preguntándolo todo, se apega a alguien sin el cual se angustia mucho.

o No expresa desacuerdo.

o Poca iniciativa.

o Temeroso de caer mal.

o Miedo al abandono

ESTILO DE PERSONALIDAD DEL ODONTOLOGO

OBSESIVO

o Rígido, detallista, perfeccionista, terco, escrupuloso, avaro.

HISTRIÓNICO, HISTÉRICO

o Le gusta ser centro de atención.

o Muy exagerado(a),dramatiza manipulado

o Puede ser muy seductor(a). Muy preocupado (a) de caer bien.

PASIVO AGRESIVO

o Actitudes negativas, oposicionistas, resistencia en situaciones interpersonales

NARCISISTA

o Imagen grandiosa de sí mismo, se siente especial.

o Muy descalificador y soberbio; explotador en sus relaciones

Por lo tanto:

Se dice que parte de la preparación individual del odontólogo para poder enfrentar el stress de la vida laboral, pasa por conocer estos factores de personalidad y de interacción que le permitan entender y no verse envuelto en distintos escenarios provocadores de ansiedad, tensión,patología mental o traumas.

BIBLIOGRAFÍA:

SITIO WEB: http://rmanzanares.blogspot.com/2010/03/la-relacion-paciente-odontologo.html