Estimados muchachos, los invito a participar en este nuevo seminario que debe tener los sgtes contenidos
Etica Prof., Consentimiento Informado,Ficha Clinica, Pcpios Bioeticos, Leyes Prof. Juramento Hipoc.
cuyo diseño incluye tres entradas una para el seminario , otra para un caso clinico que se plantea y por ultimo para que cuenten sobre algun conflicto bioetico vivido por ustedes
cariños Dra Marinkovic
Principios de Bioética
ResponderEliminarEl principio de beneficencia establece que el profesional de la salud debe siempre procurar el bien de sus pacientes. Esto significa que como profesionales de la salud, los bienes que deben ofrecer a los usuarios de sus servicios son procurar por la salud, la prevención, eliminación o control de enfermedades y lesiones, alivio de dolores, sufrimientos innecesarios, mejora de minusvalías y prolongación de la vida.
Íntimamente asociado al principio de beneficencia está el principio de no maleficencia, que establece la necesidad de evitar el mal, en nuestro caso evitar la enfermedad, las lesiones, los dolores, sufrimientos innecesarios, minusvalías y muerte prematura. El profesional no debe dañar nunca a sabiendas.
El principio de autonomía, también denominado de autodeterminación o gobierno propio, proclama que se debe contar con la opinión del paciente a la hora de tomar decisiones. El paciente emitirá su opinión en base a sus creencias personales y a la información que reciba del profesional, aquí se involucran el consentimiento informado y el deber de informar verazmente.
El principio de autonomía limita el principio de beneficencia en el sentido de que el profesional, a pesar de estar llevado por su buen quehacer, no puede sin más realizar sus actos diagnósticos o terapéuticos tal como le indique su creencia y su conciencia, sino que debe contar con el beneplácito del paciente para su realización.
Algunos de los elementos que contempla el principio de autonomía son los siguientes:
· La libertad de elección de médico y centro hospitalario, puesto que la confianza mutua entre profesional y paciente es condición necesaria para la eficacia.
· El médico respetará las convicciones del enfermo o allegados y se abstendrá de imponerle las propias.
· Los pacientes tienen derecho a recibir información sobre el diagnóstico, pronóstico y posibilidades terapéuticas de su enfermedad; y el médico debe esforzarse en facilitársela con las palabras adecuadas. De forma que el paciente pueda optar entre rechazar el tratamiento ofertado o decidir entre varias alternativas.
La justicia es la necesidad de respetar y dar a cada uno lo suyo. El fundamento se encuentra en la condición de persona propia del hombre. La permanente y constante voluntad de atribuirle a cada uno su derecho. El Acto de Justicia, sería un acto segundo. Anterior a él, estaría el Acto de Atribución (acto primero), que confiere el título del derecho. Lo primero es reconocer el derecho, así el Derecho es el Objeto de la Justicia. Hay Derechos que son propios, independientes y anteriores a todo reconocimiento social, por el hecho de ser personas y tener dominio sobre las cosas.
Fuente:
http://www.aceb.org/apuntes.htm#tema3
http://odontologos-eticos.blogspot.com/
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